¿Cómo volar drones en zonas geográficas de ENAIRE?
El Real Decreto 517/2024 establece las siguientes novedades destacables en cuanto a coordinación de operaciones de vuelo con gestores aeroportuarios y proveedores de servicios de navegación aérea:
- Zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad operacional en el entorno de los aeropuertos y helipuertos y (artículo 41)
- Zonas geográficas de UAS en espacio aéreo controlado y zonas de información de vuelo (FIZ) (artículo 42).
- Requerimientos a criterio de los proveedores ATS para los vuelos UAS en espacio aéreo controlado (ATZ y CTR). Ahora el ATSP será el decida el uso de plan de vuelo, transpondedor, luces aeronáuticas anticolisión y/o de navegación, y radio en banda aérea (artículo 43).
- Acceso de los pilotos recreativos a las zonas geográficas en las mismas condiciones que los profesionales.
Vuelos en zonas geográficas de aeródromos y helipuertos
Los vuelos dentro de estas zonas geográficas se coordinarán con el gestor correspondiente. En el caso de las zonas asociadas a las infraestructuras de la red de AENA, realice su solicitud ÚNICAMENTE a través del contacto indicado en PLANEA o ENAIRE DRONES al menos 20 días naturales antes de la fecha de su actividad. AENA coordinará con el proveedor ATS correspondiente su operación.
AENA y ENAIRE tienen mecanismos de coordinación interna y recibirás una respuesta única.
Zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad operacional en el entorno de los aeropuertos de uso público, civiles o militares (Art. 41, apdo. a), RD517/2024). Todas las dimensiones medidas a partir del punto de referencia del aeródromo (ARP).
Zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad operacional en el entorno de los helipuertos de uso público, civiles o militares (Art. 41, apdo. b), RD517/2024). Todas las dimensiones medidas a partir del punto de referencia del aeródromo (ARP).
Vuelos en zonas geográficas de espacio aéreo controlado por ENAIRE y FIZ
Se permite realizar operaciones de UAS en espacio aéreo controlado sin coordinación siempre que cumplan con las siguientes condiciones de forma simultánea:
- VLOS
- Fuera de zonas geográficas de UAS generales por razón de la seguridad operacional en el entorno de aeródromos y helipuertos.
- Una altura máxima de operación de 60 m AGL.
Por lo tanto, dentro de espacio aéreo controlado por ENAIRE se coordinarán las operaciones que no cumplan con alguna de las condiciones anteriormente mencionada.
En el caso de requerir coordinación con ENAIRE, la fase estratégica y pre-táctica se realizarán a través de ENAIRE Planea, requiriendo para esta última un plazo mínimo de 10 días naturales, excepto para cuerpos policiales y de emergencias, y no superior a 1 mes natural.
En el siguiente enlace podrás consultar diferentes ejemplos
Requisitos para operar en zonas geográficas de ENAIRE
NOTA: Las luces aeronáuticas hacen referencia a las luces anticolisión y de navegación.
Si eres un operador de UAS y quieres volar tu aeronave en espacio aéreo donde ENAIRE presta servicio de control de tránsito aéreo, debes en primer lugar, comprobar que cumples con los requisitos de registro de operador aplicable a tu caso y posteriormente seguir los siguientes pasos:
1. Realiza una Evaluación y Atenuación del Riesgo Operacional (EARO), que analice los riesgos para el tipo de operación (ConOps) que deseas llevar a cabo en espacio aéreo controlado. Para ello, te facilitamos las siguientes plantillas, que se han desarrollado conjuntamente con AESA y el resto de ATSPs, para que la particularices, según tu ConOps y la remitas junto con el certificado de registro como operador UAS:
- Categoría abierta (EARO_ABIERTA)
- Categoría específica bajo escenario estándar nacional STS-ES-01 (EARO_STS-ES-01)
- Categoría específica bajo escenario estándar STS-ES-02 nacional (EARO_STS-ES-02)
- Categoría específica bajo escenario estándar europeo STS-01 (EARO STS-01)
- Categoría específica bajo escenario estándar europeo STS-02 (EARO STS-02)
- Categoría específica bajo autorización operacional (EARO_AUTORIZACIÓN)
AVISO: Se informa que para las EAROs aprobadas y basadas en la normativa derogada por el RD 517/2024 (1036/2017 y Capítulo XI 1180/2018) se flexibilizará la aplicación de las medidas de atenuación recogidas en esta, dando prioridad a lo indicado en la coordinación pre-tactica, para adaptarse así a las nuevas condiciones de uso del espacio aéreo definidas en el Capitulo V del RD 517/2024.
El periodo de transición para adaptarse al nuevo RD UAS acabará el 25 de junio de 2025. A partir de esa fecha, le recordamos que las EAROs/EAS que hayan sido coordinados acorde a la normativa que el RD 517/2024 deroga (RD 1036/2017 y Capítulo XI 1180/2018) perderán toda validez.
Para facilitar las coordinaciones de las FFCCs en su adaptación al RD 517/2024, se ha desarrollado una plantilla de estudio basada en la metodología SORA del RD 1036/2017 que podrá utilizarse para coordinar su Estudio Aeronáutico de Seguridad hasta que puedan acogerse en su totalidad al nuevo RD.
- Estudio Aeronáutico de Seguridad para operaciones NO EASA RD 1036/2017 (EAS_FFCCs)
Debes completar tu EARO basándote en este catálogo de medidas de atenuación, incluyendo las que correspondan según tu ConOps.
Puedes consultar la siguiente infografía para resolver las dudas más frecuentes en el proceso de coordinación de EAS/EARO.
2. Accede a ENAIRE Planea, y a través del "Formulario SEGU", envía tu EARO. La División de Seguridad de ENAIRE se pondrá en contacto contigo a través de la aplicación e iniciaréis la coordinación. Una vez finalizado este proceso, te entregaremos evidencia de la coordinación con ENAIRE para que puedas operar en espacio aéreo controlado en las condiciones reflejadas en tu EARO.
IMPORTANTE: Tu ConOps y modelo de UAS puede requerir autorización operacional de AESA.
3. Una vez que tengas todo lo necesario para realizar tu operación, accede a ENAIRE Planea o ENAIRE Drones y consulta el mapa para comprobar a quién dirigir tu solicitud de operación.
En caso de que sea ENAIRE, completa el 'Formulario solicitud' que encontrarás en la aplicación, y el Departamento de Coordinación Operativa del Espacio Aéreo (COOP) te indicará las condiciones y requisitos que deberás cumplir una vez se haya coordinado la operación. Recuerda la obligación que puedes tener de coordinar también con otros gestores de espacios naturales, áreas militares, bases aéreas, proveedores ATS privados, el Ministerio del Interior, etc.
Se ha desarrollado una guía con consejos útiles para planificar tus operaciones UAS de la manera más eficiente y sencilla posible.
4. El día que vayas a volar tu dron:
- Comprueba los NOTAM en vigor y obtén tu Boletín de Información Previa al Vuelo (PIB).
- Si debes formular un plan de vuelo sigue esta guía específica para operadores UAS.
- Atiende a las instrucciones que pueda darte el controlador aéreo y sigue sus indicaciones como un usuario más del espacio aéreo.
- Y, por último, si tuviste que formular un plan de vuelo, ciérralo a través de la oficina ARO. Si la operación finalizase más allá del horario de la oficina ARO, realiza el cierre del plan de vuelo al día siguiente lo antes posible.
RECUERDA:
- Estar registrado en Ícaro XXI y tener tu usuario de planes de vuelo activado. Ten en cuenta que puede requerir hasta 7 días.
- Actuar conforme a las indicaciones recibidas del COOP.
- Los drones no son juguetes, son aeronaves, ¡vuela de forma segura!.
- El silencio administrativo debe entenderse como negativo.
- Ponemos a tu disposición el Portal del Cliente, un canal directo de comunicación en el que recibir noticias y novedades del sector, donde podrás registrarte con el perfil de operador UAS.
IMPORTANTE: Para volar en espacio aéreo controlado por otro proveedor de tránsito aéreo, debes seguir su procedimiento.
Visita la página web de AESA sobre drones para más información.
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Para más información puedes escribirnos a informacion@enaire.es o a coop.consultas@enaire.es.